miércoles, 14 de marzo de 2012

LIcencias de uso y creative commons

Licencias Creative Commons
Con el fin de facilitar la creación de Licencias de Uso, más cercanas a la interpretación de un Derecho de Autor que debe facilitar el acceso a las creaciones intelectuales en vez de crear excesivas restricciones, se crea en 2001 la Fundación Creative Commons, la cual, a través de su portal web, facilita la creación de licencias personalizadas a través de la selección de las siguientes condiciones:
  • La condición “Compartir Igual” se utiliza cuando se quiere que las obras creadas a partir de la original tengan la misma licencia, de tal forma que otras personas se puedan beneficiar de las obras derivadas en las mismas condiciones como se pueden beneficiar con la obra original.
  • La condición “No comercial” es para negar la posibilidad que una persona diferente del autor, puedan beneficiarse económicamente de la obra. Si no se escoge esta opción, significará que cualquier persona puede hacer un uso comercial de la obra.
  • La condición “Sin obras derivadas” implica que la obra puede ser utilizada y copiada por las personas tal cual es, pero no es posible hacer traducciones, adaptaciones o remezclarlas con otras obras.
La combinación de estas condiciones genera una licencia particular en diferentes formatos:
  • Un texto legal avalado por abogados en la jurisdicción de un país,
  • Un resumen para entender las libertades y restricciones a los usuarios, y
  • Una iconografía representativa.
Todas las licencias, obligan al reconocimiento al autor de la obra, para el cumplimiento de los Derechos Morales.

De esta forma cuando una persona crea una presentación, un documento, toma una fotografía o cualquier otra creación intelectual y se va a compartir, especialmente en Internet, se debe explicitar la Licencia de Uso a través de una leyenda que indique lo que otras personas pueden o no pueden hacer con estos materiales.

Sin embargo, se debe recordar que la protección del Derecho de Autor se realiza sobre la forma como se plasman las ideas, y no sobre las ideas mismas, por lo tanto, si una personas se inspira a partir de lo que ha leído, escuchado o visto y lo expresa de alguna forma, esto se considera una creación propia e independiente.
 
 
Más información en:
  • Licencias. (2010). Creative Commons Colombia. Consultado en abril de 2010, en http://co.creativecommons.org/tipos-de-licencias/  
  •  
    Qué es una Licencia de Uso
    La autorización que el titular de los derechos patrimoniales de una obra literaria, artística, musical, audiovisual o de software da a otras personas sobre lo que pueden y no pueden hacer con la obra, se realiza a través de una Licencia de Uso. La licencia es un documento que expresa la voluntad del autor sobre los límites y alcances del uso que pueden hacer las personas respecto a la:
  • Copia,
  • Reproducción,
  • Modificación,
  • Traducción y
  • Adaptación.
En este sentido se pueden encontrar una variedad de tipos de licencias que pueden ir desde las más restrictivas, en la cual el autor se reserva todos los derechos (de ahí la expresión “todos los derechos reservados”), hasta las licencias más permisivas en las cuales el autor autoriza una amplia posibilidad de usos de la obra a las personas ("algunos derechos reservados"), el extremo de esta posibilidad es el dominio público.
Sin embargo, en todos estos tipos de licencias esta el principio de respeto por el otro y por lo que ha surgido de su creación, es decir el respecto por los Derechos Morales, lo que implica que en ningún momento una persona puede adjudicarse la autoría de una obra que no ha creado.
La forma de indicar los términos de la Licencia de Uso en una obra, es a través de una leyenda que sintetice lo que se puede y lo que no se puede hacer. En los libros, las licencias más restrictivas para los usuarios tienen una leyenda en una de las páginas preliminares, como la siguiente:
Todos los Derechos Reservados © Nombre del Autor y/o Nombre de la Editorial. Prohibida la reproducción total o parcial de esta obra, por cualquier medio, sin la autorización del autor/editor.
Mientras que las licencias más permisivas con los usuarios, presentan leyendas del siguiente tipo:
Derechos de Copia © Nombre del Autor y/o Nombre de la Editorial. Se permite la copia en cualquier formato siempre y cuando no se alteren los contenidos y se haga reconocimiento de los autores/editorial.
Por lo tanto, una Licencia de Uso debe indicar como mínimo, la voluntad del autor en los siguientes aspectos:
  • Reproducción o copia,
  • Realización de obras derivadas o adaptaciones,
  • Beneficio económico.
La licencia no pone en consideración el reconocimiento de la autoría de la obra, porque como se indica en el Derecho Moral, esto no es negociable. Siempre que se conozca la autoría de una obra se debe indicar.
 
Más información en:

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